Revés para Dominga: Corte de Antofagasta anula resolución del Tribunal Ambiental

 

De forma unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta dejó sin efecto el procedimiento que obligaba al Comité de Ministros a pronunciarse nuevamente sobre el proyecto minero portuario Proyecto Dominga, al estimar que la medida aplicada por el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta resultaba improcedente.

La Segunda Sala del tribunal de alzada concluyó que la resolución dictada en febrero de 2025 por el tribunal ambiental no corresponde a un caso previsto por la ley, al no existir una sentencia ejecutable que declare derechos a favor de alguna de las partes involucradas.

En su fallo, la Corte sostuvo que la decisión judicial que se pretendía ejecutar no resolvió el fondo del conflicto ni puso término al proceso, sino que únicamente anuló la determinación previa del Comité de Ministros y ordenó un nuevo pronunciamiento, manteniendo abierta la tramitación del caso.

El tribunal señaló además que aplicar un procedimiento de ejecución en estas circunstancias constituye un vicio procesal, por cuanto se utilizó un mecanismo legal que no corresponde al tipo de resolución emitida, lo que obligó a corregir la situación mediante facultades oficiosas.

La resolución también precisó que pretender que una Corte de Apelaciones se pronuncie, en este contexto, sobre materias sustantivas del proceso de evaluación ambiental excede el marco legal y resulta contrario a derecho.

Con esta determinación, se anuló íntegramente lo obrado en el procedimiento de cumplimiento incidental tramitado ante el tribunal ambiental, estableciendo que la naturaleza jurídica de la resolución impide su ejecución.

La medida deja sin efecto la orden emitida en febrero pasado que instruía al Comité de Ministros reunirse en un plazo de diez días para emitir una nueva decisión sobre la iniciativa, tras el rechazo de una excepción planteada por el Servicio de Evaluación Ambiental. En consecuencia, el proceso que obligaba a un nuevo pronunciamiento queda invalidado.

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